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Institucionalidad ambiental en Chile: ¿Es correcta?





Introducción


Es claro de mencionar que en Chile se han establecido ciertas zonas llamadas de "sacrificio", como lo son por ejemplo Quintero y Puchuncaví en la V Región, además de las antiguas centrales de procesamiento de carbón de Lota - Coronel, Huasco, Mejillones y Tocopilla, pero además hay un motivo principal por el cual esto se normaliza y es el armado legal práctico que ampara la ejecución de proyectos industriales - económicos que ponen en vilo a los ambientes donde se hacen estos mismos o incluso en un sector determinado ajeno a la construcción del mismo como lo es en el caso del Proyecto Dominga, que pondrá en riesgo flora y fauna del Archipiélago de Humboldt, ubicado en la Cuarta Región de Coquimbo.


Antecedentes


Es evidente que la creciente fuerza que ha tenido el movimiento ambientalista en Chile ha ocasionado controversia en relación con lo establecido con los proyectos industriales de envergadura, por lo mismo un centro de estudios de la derecha chilena, como lo es el Centro de Estudios Libertad y Desarrollo ha establecido algunos alcances claros de lo que se debe hacer para en primer lugar, agilizar los procesos respecto a la construcción de Dominga, como lo fue en este caso, donde en febrero de 2017, el Servicio de Evaluación Ambiental ha aprobado el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto, para así darle el vamos a la ejecución del mismo, pero cabe considerar que es súper importante entender la institucionalidad de los distintos proyectos que se ejecutan en Chile y que sin lugar a dudas están sujetos a este marco legal.


Evaluación Ambiental


Súper crucial el entender que para poder aprobar o no los estudios necesarios al momento de pensar en un proyecto de impacto ambiental tremendo respecto a la practicidad del mismo, hay que remontarse en la historia con el primer antecedente claro en la búsqueda de la regulación ambiental en Chile, donde se evidencia que se adquirió formalidad en el ámbito de la regulación ambiental recién en el año 1994, con la Publicación de la Ley Nº19.300, la cual establecía las bases generales para el cuidado del Medio Ambiente, donde uno de los aportes principales de la misma establecía que se debe tener un Sistema de Evaluación Ambiental, que empezó a operar en el 1997.


Luego el año 2001, modificó su reglamento y también, continuando en la historia, en el año 2012, se aprobó otro nuevo, el cual bajo el amparo de la Ley Nº20.417, modificó la Ley Nº19.300, creando el Ministerio del Medio Ambiente y el Servicio de Evaluación Ambiental.


Proceso legal


El proceso de evaluación ambiental se resume en que primero se debe ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, esto lo deben hacer quienes realicen actividades que atenten al Medio Ambiente, y esto lo deben en concreto sostener a partir de un Estudio o Declaración de Impacto Ambiental. Luego, el Servicio de Impacto Ambiental es quien coordina este proceso a nivel regional, con la salvedad de los proyectos que impacten a dos o más regiones, además que en estos casos, quien ve el verdadero impacto es la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental.


Luego de pasar por este primer paso, se culmina con el Informe Consolidado de la Evaluación Ambiental (ICE), en el que el SEA regional debe recomendar aprobar o rechazar el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental. Este Informe sirve de base para que la Comisión de Evaluación Regional, entregue su aprobación o rechazo al proyecto en cuestión a través de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA).


Finalizada esta primera etapa pasa a revisión la Resolución, la cual si es rechazada puede ser apelada por el titular del proyecto que se va a realizar, y posterior a aquello, se puede elaborar un recurso administrativo, al cual se refiere a la decisión tomada por la Comisión, incluso llegando a instancias superiores en el aspecto jurídico, apelando hacia la Corte Suprema, respecto a posibles ilegalidades en actos administrativos.


El plazo de aprobación de los mismos, asciende en promedio a 243 días, donde incluso si se ve la serie temporal 2007-2016, la cantidad de proyectos alcanza un total del 58%, respecto a 12.991 proyectos que se ingresaron, es decir, 7535 proyectos se aprobaron.

Claramente al ser el promedio una medida de posición, no se refiere a la desviación que puede existir, es decir, que pueden existir dentro de este plazo, proyectos que se demoran menos que el promedio y otros, que incluso pueden llegar a superar los 1000 días.

Comentarios

Claramente el proyecto pasó todos los pasos que la institucionalidad ambiental ampara, pero queda en evidencia que también bajo una lógica económica se pierden ingresos al no aprobar o poner trabas en el proceso, pero por otro lado, está el medio ambiente que sin lugar a dudas es quien más resulta con riesgos claros en extinción de especies, e incluso ecocidios a lo largo del territorio donde el proyecto es ejecutado.


¿Qué importará en los futuros proyectos, sí la institucionalidad aún está en pañales?


¿Será que falta una actualización en el proceso, donde la tecnología se use para el ser humano y no sólo para intervenir ecosistemas que van de la mano con preservar la biodiversidad existente en Chile?


¿Será la burocracia la mejor manera para entender que el proceso político no debería hacerse responsable de estos temas, salvo para reglamentar y fiscalizar?


Sólo el tiempo dirá cuál es el mejor camino, y la vinculación concreta bajo la toma de decisiones relevantes a lo largo y ancho de Chile.


Soluciones o reflexiones evidentes


Una posibilidad sería dejar la evaluación de proyectos en un SEA regional fortalecido, con reclamación administrativa al Director Ejecutivo del Servicio, y con posibilidad de reclamación ante los Tribunales Ambientales, los que al impartir justicia en las materias específicas medio ambientales pueden resolver de mejor manera los casos que requieren de conocimientos especializados y además entender lo técnico que puede ir en el camino hacia el desarrollo sustentable que tanto se espera.


Esto implica que se permitirá una mayor concreción jurídica para todos los interesados, reduciendo la visión hacia lo "negativo" que generan estos proyectos, en la lógica que lo único que logran es dejar la impresión de que hay una contraposición entre el cuidado del medio ambiente y el desarrollo económico, cuando en la realidad estos dos componentes son totalmente compatibles.




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